El genealogista profesional:
Medio
La profesión tiene herramientas legales para llevar a cabo sus misiones: el mandato y el contrato de revelación.
El mandato está confiado al genealogista, por un notario a cargo una sucesión con el propósito de buscar sus potenciales beneficiarios o por un heredero para establecer su calidad definitivamente.
El contrato de revelación compromete el genealogista a revelar al heredero su derecho abierto a su ventaja, pero sin su conocimiento y de proveer justificaciones.
Por el contrario, si el genealogista alcanza sus fines, el heredero debe dejarle una parte de lo que le corresponde en la sucesión, la cantidad fijada con antelación, depende del grado de relación, la importancia de activos ... etc ..
Si el genealogista no sucede, todos los gastos presentados quedaran a cargo del genealogista.
Herramientas de trabajo
Para llevar a cabo su investigación, el genealogista tiene acceso a los archivos públicos:
Estado civil y actos transcritos,
La ley de 15 de julio de 2008 sobre archivos fue publicada en el Boletín Oficial.
Nuevas condiciones de acceso a los archivos se crean.
- 75 años: Estado civil, expedientes judiciales, grabación, notaría, registros de números de registro ...
- 75 años: Expediente de personal
- 120 años: Historia clínica: desde la fecha de nacimiento de la persona si la muerte es desconocida.
- 50 años: Historia clínica: desde la fecha de nacimiento de la persona si la muerte es conocida.
- Genealogistas tienen un permiso especial de la fiscalía para consultar el Estado civil inaccesible al público.
- Censo de la población,
- Declaraciones de la sucesión,
- Listas electorales,
- Los registros de la contratación de personal, etc ....
El acceso a los actos del estado civil se rige por el Decreto N º 62 a 921 del 3 de agosto de 1962 que modifica ciertas normas relativas a los actos de estado civil
